Podrán ser objeto de subvención:
- Programas anuales de actividades.
- Programas específicos de actividades.
Podrán solicitar subvención:
Las asociaciones culturales y sociales aguileñas que se encuentren legalmente constituidas, debidamente inscritas en el Registro municipal de Entidades sin ánimo de lucro.
Para la concesión de subvenciones se valorará:
- El ámbito de actuación.
- Que las actividades sean abiertas y propicien la participación de los ciudadanos en la programación y realización de las mismas.
- La viabilidad de realización del proyecto.
- El interés social y cultural del proyecto presentado.
- La memoria de actividades realizadas el año anterior, así como la justificación de las mismas en el caso de haber sido subvencionadas por estas concejalías.
SOLICITUDES: La solicitud se hará por duplicado. El original se presentará en el Registro General del Ayuntamiento.
La solicitud de subvenciones debe acompañarse de la siguiente documentación y ser presentada por este mismo orden:
1.- Hoja de solicitud.
2.- Fotocopia del DNI del solicitante.
3.- Fotocopia del CIF de la asociación.
4.- Programa detallado de actividades.
5.- Presupuesto detallado.
6.- Plazo de solicitud. El plazo de solicitud será de veinte días naturales desde el día siguiente al de
la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. La
recogida de solicitudes será en el Registro General del Ayuntamiento.